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Gabriel Santos, socio de Vázquez Padura Abogados

Valdecañas, ¿última estación?

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En este artículo, Gabriel Santos, socio de Civil y Procesal de Vázquez Padura Abogados, opina sobre la última sentencia del Tribunal Supremo sobre Valdecañas.

Ya he escrito en este espacio sobre la promoción de viviendas realizada en el embalse de Valdecañas (Cáceres) en la entrada titulada ¿Qué pasa con mi dinero si el promotor de vivienda no me cuenta todo?, donde expuse el camino que seguimos con un grupo de clientes que compraron sobre plano una de las viviendas construidas en la llamada Isla de Valdecañas, si bien el promotor no informó de la existencia de un procedimiento judicial que pretendía la demolición del complejo con fundamento en que el paraje donde se iba a construir se trataba de una zona protegida por la Red Natura 2000. El procedimiento fue exitoso pues, a pesar de tener que llegar hasta el Tribunal Supremo y necesitar que dicho tribunal sentara como doctrina jurisprudencial la que proponíamos desde el despacho, lo cierto es que todos los clientes pudieron recuperar su dinero con unos jugosos intereses.

¿Por qué recupero este tema antiguo?

El motivo es la noticia publicada en la web del Poder Judicial (https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-estima-el-recurso-de-Ecologistas-en-Accion-y-acuerda-la-demolicion-del-hotel-y-viviendas-construidas-en-Isla-de-Valdecanas–Extremadura) donde se expone que la Sala III del Tribunal Supremo estima el recurso de Ecologistas en Acción y acuerda la demolición del hotel y viviendas construidas y en uso en Isla de Valdecañas, cuando el TSJ de Extremadura había acordado la demolición únicamente de las viviendas y el hotel que estaba en construcción.

Mi opinión de la Sentencia del Tribunal Supremo sobre Valdecañas

Sin conocer el texto de la Sentencia, pues a día de la fecha únicamente se conoce la nota de prensa del Tribunal Supremo, mi opinión personal está alineada con la defensa del mantenimiento de lo construido y en uso, para lo que deberían servir argumentos de sentido común, pues el Derecho positivo es precisamente la plasmación del sentido común de una época determinada: (i) antes del inicio de la promoción, la zona estaba totalmente degradada; (ii) la promoción da un impulso económico a la zona que forma parte de lo que ahora se llama España vacía, antes España despoblada; (iii) no hay ave, roedor, árbol o seto que justifique la no construcción en detrimento del desarrollo económico de una zona; (iv) es más que cuestionable que el ecosistema se haya destruido, pues en este caso, se habrá creado otro muy similar; (v) el ecologismo debe interpretarse en sus justos términos, pues al final nos quedaremos sin espacios donde construir; (vi) hace más de una década que se construyeron las viviendas.

Dicho lo cual, ¿será ésta la última parada del largo viaje iniciado a instancia de las organizaciones ecologistas?, pues tengo mis dudas porque ya en radio el presidente de Extremadura ha anunciado acudir al Tribunal Constitucional y a la justicia europea, por lo que mucho me temo que tendremos Valdecañas para rato. Lo que es cierto es que debemos revisar el modelo de urbanismo que queremos, encontrando un equilibrio entre el respeto al entorno natural y las necesidades socioeconómicas de quienes habitamos España.

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